

La Secretaría de Hacienda del departamento de Caldas, a través de su Grupo Operativo Anticontrabando, informa a la ciudadanía y a los actores del sector comercial que el Decreto 0162 de 2024 establece de manera clara la obligatoriedad del uso de tornaguías para el transporte de productos sujetos al impuesto al consumo, tales como licores, cervezas, cigarrillos y productos similares.
La tornaguía es un documento de carácter obligatorio que acredita la legalidad del transporte de productos gravados dentro del territorio nacional. Este documento respalda que los productos han cumplido con sus obligaciones fiscales y permite a las autoridades ejercer un control efectivo sobre su circulación.
Principales disposiciones del decreto 0162 de 2024:
- Uso obligatorio de la tornaguía para el traslado de productos gravados con el impuesto al consumo dentro y entre departamentos.
- Fiscalización y verificación en vía y establecimientos por parte de autoridades competentes (Policía Fiscal y Aduanera, DIAN, Anticontrabando entre otras autoridades territoriales).
- Sanciones administrativas en caso de no portar la tornaguía, falsificarla o alterarla, incluyendo la aprehensión inmediata de la mercancía.
- Trazabilidad y transparencia: la tornaguía garantiza el seguimiento del producto desde su origen hasta su destino final.
Desde la Gobernación de Caldas se reitera el llamado a distribuidores, comerciantes y transportadores a cumplir con esta exigencia legal y a estar atentos a los procedimientos establecidos por cada territorio. El cumplimiento de la normativa fortalece el control fiscal, protege la salud de los consumidores y garantiza la legalidad en el comercio de productos sensibles.
Descargar Audio
Jhon Guacaneme, coordinador de enlaces interinstitucionales – Grupo Anticontrabando.