Municipios de Caldas podrán adoptar la figura del ‘Mínimo Vital’ para garantizar el acceso a servicios públicos a la población con vulnerabilidad

Compartir

Con la expedición del Decreto 776 de 2025, el Gobierno Nacional de Colombia creó la figura del ‘mínimo vital’ como un programa que podrá ser adoptado por las entidades territoriales para proteger a la población en condición de vulnerabilidad frente a la suspensión de los servicios públicos por mora en el pago.

Desde el componente de Aseguramiento del Plan Departamental de Agua de Caldas se adelanta la socialización del alcance de esta nueva disposición normativa, que vincula el mínimo vital a la suspensión del servicio por falta de pago cuando exista afectación de condiciones inherentes a la dignidad humana y se trate de sujetos de especial protección constitucional.

Sin embargo, es de destacar que su aplicación dependerá de la decisión autónoma de cada municipio.

¿Qué población se considera vulnerable?

La medida contempla poblaciones como niños, adultos mayores, personas con enfermedades y ciudadanos en condición de discapacidad, quienes deberán acreditar plenamente su situación y las circunstancias que les impiden cumplir oportunamente con el pago del servicio.

Aunque se trata de un mecanismo de protección de derechos, su eventual implementación también representa desafíos institucionales, como el diseño de programas integrales con criterios verificables que respondan a la necesidad social sin comprometer la sostenibilidad financiera de los prestadores ni la continuidad del servicio público.

Martha Muñoz, líder del componente de Aseguramiento del Plan Departamental de Agua, destacó la importancia de que los Gobiernos Locales analicen esta herramienta.

“El Decreto 776 de 2025 crea la figura del ‘mínimo vital’ como un programa que puede ser adoptado por las entidades territoriales. Es fundamental que nuestras alcaldías municipales conozcan esta posibilidad y evalúen su implementación, siempre bajo criterios claramente reglamentados y acordes con la autonomía que les otorga la norma”.

Actualmente, en el departamento de Caldas el programa no ha sido implementado. No obstante, la normativa abre la puerta para que los municipios lo adopten si así lo consideran pertinente, definiendo sus propios criterios de aplicación y reglamentación.

De esta manera, el Plan Departamental de Agua continúa brindando acompañamiento técnico a las entidades territoriales, ofreciendo orientación normativa y fortaleciendo la gestión institucional en materia de agua potable y saneamiento básico.


Descargar Video

Descargar Audio

Martha Muñoz, líder del componente de Aseguramiento del Plan Departamental de Agua de Caldas.

Suscríbete a nuestro boletín

Al hacer clic en enviar aceptas la política de tratamiento de datos.